Este es el buzón de SUGERENCIAS y QUEJAS de la Universidad de Salamanca, regulado de acuerdo a lo establecido en el
RD 951/2005 por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la
Administración.
* Una
SUGERENCIA es la aportación de ideas o iniciativas para mejorar nuestra calidad.
* Una
QUEJA es una manifestación de insatisfacción con alguna de nuestras actuaciones.
Si lo que desea es denunciar cualquier infracción de la normativa o de nuestros valores éticos atendiendo a la ley 2/2023 puede hacerlo en el siguiente enlace:
https://usal.shogunmonitor.com/
Éste
NO ES UN SERVICIO DE INFORMACIÓN. Para consultas sobre actividades universitarias contacte a través de la página web de información y contacto
http://www.usal.es/contacto
Éste
NO ES UN SERVICIO PARA PRESENTAR RECURSOS ADMINISTRATIVOS, su uso no sustituye o condiciona el ejercicio de otras acciones o derechos que
la normativa reguladora establezca en cada procedimiento.
Éste
NO ES UN SERVICIO PARA PRESENTAR QUEJAS O CONSULTAS AL DEFENSOR/A DEL UNIVERSITARIO.
Se podrán presentar sugerencias y quejas a través de los siguientes medios:
-
1) A TRAVÉS DE LA WEB , si dispone usted de una cuenta de usuario de la Universidad de Salamanca, siguiendo
las instrucciones que encontrará en este enlace SUGERENCIAS Y QUEJAS
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2) POR CORREO ELECTRÓNICO, a través de este formulario, si no posee cuenta de usuario de la Universidad
- 3) POR ESCRITO, cumplimentando el impreso normalizado(disponible en todas las Conserjerías o Unidades de Información de la Universidad de Salamanca) que puede usted:
3.1) Enviar por fax al número 034 923 294 638
3.2) Presentar en el Registro Único y Registros descentralizados de la Universidad de Salamanca, según lo establecido en el "Acuerdo Normativo sobre Organización y Funcionamiento del Registro Único Automatizado de la Universidad de Salamanca".(BOC. y L. de 9 de junio de 2000).
3.3) Presentar en los lugares a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015).
- 4) A través de la SEDE ELECTRÓNICA de la Universidad de Salamanca (https://sede.usal.es)
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE de 2 de octubre de 2015)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE de 2 de octubre de 2015)
- Resolución de 20 de octubre de 2016 de la Universidad de Salamanca (BOC. y L. de 31 de octubre de 2016)
Las sugerencias y quejas serán gestionadas por la Unidad de Evaluación de la Calidad, que se compromete a informar al interesado de las actuaciones realizadas en el plazo de 20 días hábiles. En caso de ser requeridas aclaraciones al interesado, éste dispondrá de un plazo de 10 dias hábiles desde la fecha de requerimiento para formularlas (transcurrido dicho plazo sin haberse recibido las aclaraciones, se dará la sugerencia o queja por desistida), en cuyo caso el plazo de 20 días hábiles quedará en suspenso.
Las sugerencias que promuevan mejoras en nuestra institución académica serán colocadas en un TABLON DE SUGERENCIAS para conocimiento público. Con el fin de incentivar a todas aquellas personas que contribuyan a la mejora de nuestra Universidad, cada curso académico se realizará una selección de las
mejores sugerencias, con el fin de otorgarles un
reconocimiento especial.